Titulares y Productos Garantizados
El programa de Titulares Garantizados por el IPAB, asegura el pago a través de la asunción por parte del IPAB, en forma subsidiada y limitada (hasta 400,000 UDI), de las obligaciones a cargo de las Instituciones Financieras que se consideren garantizadas conforme a la Ley de Protección al Ahorro Bancario, cuando tales Instituciones se encuentren en estado de liquidación o concurso mercantil.
- Cuentas Individuales
Si usted es titular de una Cuenta Individual, es considerado como Titular Garantizado por el IPAB.
- Cuentas Solidarias
Cuentas a nombre de dos o más personas y el importe de los depósitos puede ser dispuesto indistintamente por cualquiera de los Titulares. Si usted es el primer Titular o Primer Cotitular de una Cuenta Solidaria, es considerado Titular Garantizado por el IPAB.
- Cuentas Mancomunadas
Cuentas a nombre de dos o más personas, siendo indispensable la firma de todos los cotitulares para efectuar retiros, cancelaciones o modificaciones de las condiciones del contrato. Si usted es titular de una Cuenta Mancomunada, usted y su o sus cotitulares son considerados Titulares Garantizados por el IPAB. En el caso de Cuentas Mancomunadas y Colectivas, la garantía para los Titulares o Cotitulares aplicará en forma proporcional a cada uno de ustedes.
Productos garantizados por el IPAB
Personas Físicas:
- Cuenta Naranja Flex
- Cuenta Naranja Full
- Cuenta Naranja Flex Dólares
- Cuenta Flex Digital
- Cuenta Nómina Naranja
- Cuenta Básica Banregio (Producto Básico General)
- Producto Básico de Nómina
Inversiones:
- Pagaré con Rendimiento Liquidable al Vencimiento
- Cede Tasa Fija
- Cede Tasa Variable
Persona Moral:
- Cuenta Naranja Negocios Full
- Cuenta Naranja Negocios Flex
- Cuenta Naranja Negocios Dólares.
En Banregio, ponemos a tu disposición la página web del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) para las consultas que requieras y necesites en base a tus requerimientos.
Titulares y productos garantizados por el IPAB
El Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) garantiza las operaciones establecidas en el Artículo 46 fracciones I y II de la Ley de Instituciones de Créditos, hasta por 400mil unidades de inversión (UDI) por persona física o moral, y por banco. Visita www.gob.mx/ipab
